• 2 marzo, 2017

    Control técnico, de calidad y/o económico.

    Nos encontramos ante un control de los riesgos que puede tener la construcción de las obras encomendadas. Se trata de una inspección que realizará el arquitecto técnico sobre la adecuación de la obra.

     

    Según el Código Técnico de la Edificación el Plan de Control de Calidad deberá contener:

     

    • La planificación del control de recepción en obra de productos, equipos y sistemas.
    • Documentación de los suministros, certificados de garantía del fabricante, documentos de conformidad o autorizaciones administrativas, distintivos de calidad, evaluaciones técnicas de idoneidad y/o ensayos.
    • La planificación del control de ejecución de la obra.
    • Replanteo, materiales utilizados, correcta ejecución y disposición de elementos constructivos e instalaciones, verificaciones y controles a realizar para comprobar la conformidad con el proyecto, legislación aplicable, normas de buena práctica constructiva e instrucciones de la dirección facultativa.
    • La planificación del control de obra terminada.
    • Comprobaciones y pruebas de servicio

     

     

    Además se incluye el control económico, un proceso que verifica que el coste de la obra es el del presupuesto acordado, informándole si surge algún cambio.